Por Clara Cordero, coordinadora del Equipo de Israel y Territorios Palestinos Ocupados | 20-NOV-15
Unos agentes de la Agencia de Seguridad de Israel se presentaron el 17 de octubre a las tres de la madrugada, cuando Kathem Sbeih dormía, y se lo llevaron detenido al denominado Recinto Ruso, centro principal de interrogatorio de la policía en Jerusalén. Ahora está en la prisión de Megiddo, en el norte de Israel, donde su padre pudo verlo el 3 de noviembre.
¿Quieres aportar tu granito de arena? Firma nuestra petición para que Israel ponga en libertad a los menores en detención administrativa. Los detenidos no pueden defenderse en los tribunales ni impugnar de manera efectiva la legalidad de su detención . ¡Ayúdanos a conseguirlo!
Entre 2004 y 2008 fueron sometidos a detención administrativa decenas de niños palestinos. La cifra se fue reduciendo constantemente hasta diciembre de 2011. Mohammed Ghaith, Fadi Abbasi y Kathem Sbeih, de 17 años son los primeros niños sometidos a detención administrativa desde diciembre de 2011. Mohammed Ghaith y Fadi Abbasi también fueron detenidos en sus dormitorios, el 19 de octubre de madrugada, y llevados a una comisaría de policía del asentamiento de East Talpiot, en Jerusalén Oriental.
Las autoridades militares israelíes los acusan de “representar una amenaza grave y severa para la seguridad nacional de Israel” y de ser “activistas violentos”, al parecer por haber arrojado piedras a vehículos de la policía e incitado a la violencia a través de Facebook. El ejército israelí dictó sendas órdenes de detención administrativa por tres meses contra Fadi Abbasi y Mohammed Ghaith el 20 y el 21 de octubre. El Tribunal de Distrito de Jerusalén las confirmó el 26 de octubre. El 28 de octubre, un tribunal israelí confirmó una orden de tres meses que el ejército había dictado contra Kathem Sbeih el 18 de octubre.
Detención administrativa
Los procedimientos de detención administrativa permiten mantener a la persona detenida sin cargos indefinidamente. Los detenidos no pueden defenderse en los tribunales ni impugnar de manera efectiva la legalidad de su detención. Las autoridades retienen en gran medida las “pruebas” en su contra. No se les informó de su derecho a guardar silencio ni les permitieron solicitar asistencia letrada antes de ser interrogados. Ni ellos ni sus abogados las conocen. La violencia se ha ido intensificando en Israel y los TPO desde el 1 de octubre de 2015 y se ha extendido la adopción por parte de Israel de medidas supuestamente punitivas contra la población palestina.
La detención administrativa de Mohammed Ghaith, Fadi Abbasi y Kathem Sbeih es indicativa de una alarmante predisposición de las autoridades israelíes a reintroducir la detención de niños sin ningún procedimiento judicial en absoluto. Con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos, la detención de niños debe ser siempre una medida de último recurso y aplicarse durante el menor tiempo posible.
Hoy, Día Internacional de la Infancia en los Territorios Palestinos Ocupados (TPO) se siguen produciendo detenciones administrativas de niños palestinos, un fenómeno especialmente grave. La noción de los derechos especiales de la infancia se deriva del reconocimiento universal de que los niños dependen de su familia y de su comunidad. El Estado de Israel ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño en 1991. Israel está obligado a brindar a los niños palestinos los mismos derechos y protección que a los niños israelíes. En la práctica las autoridades israelíes no respetan esta obligación. Israel sostiene que la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño no se aplica en Cisjordania. Según la Organización Internacional de Defensa de la Infancia (DCI) y otras organizaciones de derechos, en Cisjordania y en la Franja de Gaza el ejército israelí viola con regularidad los derechos del niño al arrestar a menores, y al consentir la violencia de los colonos contra los niños.
Las autoridades israelíes tienen que notificar de inmediato el paradero de Mohammed Ghaith y Fadi Abbasi a sus familias y dejar a los tres en libertad si no van a ser acusados de ningún delito común reconocible ni sometidos a un juicio justo con prontitud. Tienen que permitirles recibir visitas periódicas de sus familias y abogados y no ser recluidos en ningún momento junto con adultos, salvo que vaya en contra de su interés superior, como dispone el derecho internacional relativo a los derechos de los niños y las niñas. ¡Actúa por el caso de estos tres niños! ¡Firma nuestra ciberacción!